La libertad de expresión y la independencia en el ejercicio de la Abogacía

Al hilo de la noticia publicada en algunos medios sobre el veto de la Universidad de Cádiz a la participación en un acto del abogado Agustín Martínez, conocido por haber ejercido la defensa de algunos de los acusados en el denominado como caso de ‘la manada’, los Decanos de los Colegios de Abogados de Cádiz (en cuyo ámbito territorial iba a tener lugar el acto) y de Sevilla (en el que se encuentra colegiado el sr. Martínez), así como el resto de los Decanos integrantes del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, emiten el siguiente comunicado:

  1. Más allá de las circunstancias concretas concurrentes, que deberán ser objeto de aclaración por la Universidad afectada, los Decanos suscribientes manifiestan su más enérgico rechazo al veto o limitación a la intervención en el acto del abogado Agustín Martínez. El concepto (veto, prohibición, restricción) es irrelevante, pero el hecho (impedir la participación) es sumamente grave, por lo que mostramos nuestro apoyo a la decisión del abogado José Manuel Jareño, Decano Emérito del Colegio de Abogados de Cádiz, de no participar en el acto.
  2. La libertad de expresión es un derecho fundamental que garantiza y protege la Constitución Española, que no puede ser restringida por motivos políticos, ideológicos o de otra naturaleza, menos todavía en los foros, como la Universidad Pública, que deben ser garantes del ejercicio de este derecho.
  3. Resulta intolerable cualquier actuación que directa o indirectamente sancione la independencia del ejercicio profesional de la abogacía marginando al abogado por su intervención profesional en defensa de cualquier cliente y por cualquier delito.
  4. La asunción de la defensa por un abogado en el proceso penal no supone la aceptación ni la conformidad del Letrado con los hechos ni con la conducta de los autores, sino el ejercicio de la altísima función que la sociedad confiere a los abogados en el Estado de Derecho, garantizando el derecho de defensa como el más sagrado de los derechos del proceso. Sólo desde la salvaguarda del derecho de defensa que prestan los abogados encuentra legitimación el ejercicio del ius puniendi (facultad sancionadora) del Estado.

 

Pascual Valiente Aparicio

Decano del ICA de Cádiz y Presidente del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados

Óscar Cisneros Marco

Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla.