Estimados/as compañeros/as:
Como sabéis el RDL 16/2020 (BOE 29-4-2020) habilitó excepcionalmente y de forma parcial el mes de agosto del año 2020.
Posteriormente la Ley 3/2020, de 18 de septiembre (BOE 20-9-2020), de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 derogó este Real Decreto-Ley, por lo que nuevamente recobra vigencia la inhabilidad del mes de agosto prevista en el art. 183 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Recibid un fuerte abrazo.
El Decano
Óscar Cisneros Marco
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